martes, 27 de agosto de 2013

El dedo y el renglón: documentación y comentario sobre los claroscuros de la destitución de Boris Berenzon



La resolución del Consejo Técnico de la Facultad de Filosofía y Letras de comenzar un proceso administrativo y laboral encaminado a destituir a Boris Berenzon es sin duda una noticia alentadora. Aún más alentadora resulta la proliferación de notas en prensa, columnas y comentarios en redes sociales que no sólo la magnifican al ratificar que el fraude académico es un tema de interés público, sino que comienzan a trazar rutas para la reflexión que tal vez ayuden a entender por qué fue posible un caso Berenzon. Ahora bien, antes de que yoquierountrabajocomoeldeboris se sume a esa corriente, que por lo pronto me he contentado con indexar exhaustiva y ordenadamente aquí, propongo a la consideración del lector las siguientes informaciones complementarias sobre la resolución del Consejo Técnico, así como algunas preguntas que aún no parece pertinente abandonar si en efecto se quiere partir de este caso para reflexiones de más altura.

En sesión extraordinaria del 13 de agosto, el Consejo Técnico resolvió destituir a Boris Berenzon. El único testimonio que se ha hecho público sobre la sesión es una crónica dada a conocer al día siguiente en El presente del pasado, que da cuenta del orden del día y del tono general de la sesión. Interesa destacar que tres documentos fueron leídos al pleno: la defensa escrita que el Sr. Berenzon presentó en un valiente intento de demostrar que plagiar no es plagiar, un complemento para el expediente presentado por un grupo de catorce académicos, y una carta de Pablo Piccato, respaldada por algo más de 200 firmas, en que demandaba una resolución adecuada al caso y un pronunciamiento público de las autoridades. También interesa señalar que un tercer escrito, que se presentará más abajo, no recibió lectura: se trata de la denuncia enviada por Samuel Schmidt, uno de los autores más afectados por los plagios de Berenzon, a la dirección de la Facultad.

Varios de estos puntos ameritan comentario, comencemos por la carta de los académicos, de cuyo acuse de recibo me fue enviada una copia digital:


La entrega de este documento no es un dato menor si consideramos que es la única respuesta organizada que los colegas de Berenzon –o al menos un puñado de ellos- han dado al caso. También es relevante mencionar que el Consejo Técnico venía procediendo sobre la base administrativa de las únicas dos denuncias que le fueron acercadas formalmente: la de Juan Manuel Aurrecoechea del primero de abril, y la de Francisco Miñarro del 7 de junio, y fue éste un intento por ampliar la materia a juzgar. Interesa revisar el índice que incluye el documento, reflejo del contenido de una caja llena de evidencias, pues observamos allí que no sólo se retoma el trabajo de recopilación y cotejo publicado en este blog, sino que se aportan pruebas de plagio en un par de artículos académicos más. Uno de ellos es “Las penas de la veracidad historiográfica y literaria”, publicado en el número 2 de la revista Vetas de El Colegio de San Luís (1999), en que Boris plagió nada menos que a Michel de Certeau. Por último, observemos que el último ítem entregado es una copia del expediente de la denuncia que emprendió la Dra. María Alba Pastor contra Berenzon en 2004 por plagiar el programa de su curso. En este blog se había ya hecho referencia a esta protesta, desestimada por el Consejo Técnico que apunta en su acta de la sesión que “consideró que no está facultado para dirimir este tipo de controversias“: el dato nuevo es que la Dra. Pastor llevó después el caso a la Defensoría de los Derechos Universitarios, sobra decir que con idénticos resultados, lo que rinde un testimonio más de la dudosa eficacia de los canales institucionales. Hechas estas observaciones, podemos ya pasar a la escueta respuesta que recibió el grupo de profesores:


A final de cuentas, el Consejo Técnico determinó proceder en estricto apego al cauce administrativo que habían abierto, es decir, considerar que las faltas a juzgar eran únicamente las dos que fueron formalmente denunciadas con anterioridad. La sanción impuesta a Berenzon –destitución – es la mayor contemplada por la Legislación, así que en última instancia el que no se haya oficialmente tomado en cuenta este voluminoso complemento podría parecer un dato menor, pero no lo es si se considera que la prensa y muchos comentaristas que la utilizan como fuente han producido la impresión de que las faltas académicas de Boris consisten sólo en el plagio de dieciocho párrafos del libro Puros cuentos y una ponencia a Francisco Miñarro, y soslayan -tal vez inadvertidamente- quince años de ausentismo y centenares de páginas robadas de la obra de varias decenas de autores más. Es el caso, por ejemplo, de la nota de Emir Olivares en La Jornada del 16 de agosto, sintética paráfrasis de la crónica en El Presente del Pasado, a la que por cierto no se molesta en citar.

Pasemos ahora a comentar la carta escrita por Pablo Piccato, que es un elemento valioso para la reflexión pues su autor compartió públicamente la lista de los adherentes y la respuesta que recibió por parte del Consejo Técnico. El documento, con sus firmantes, puede consultarse aquí. Tal vez lo más interesante de la lista de adherentes emerja si reflexionamos en torno a quiénes no firmaron, pues el silencio de la gran mayoría de los profesores de la Facultad y de todos sus eméritos se suma a la larga lista de omisiones cómplices sobre las que reflexionaremos en una entrega futura. Procedamos por ahora a la carta que el Consejo Técnico envió como respuesta a Piccato y que él hizo pública por internet.


No debe pasarnos desapercibido, en primer lugar, que la Mtra. Ofelia Escudero, Secretaria General de la Facultad, da al Sr. Berenzon trato de Doctor. Es un detalle pequeño, pero si vale la pena señalarlo es porque nos remite a un problema irresuelto hasta ahora: si Berenzon realizó abundantes y objetivamente comprobados plagios en sus tesis de maestría y doctorado, ¿son válidos sus títulos de posgrado? Para todo efecto administrativo, pareciera ser que sí. La pregunta que sigue es ¿pueden retirársele los grados? No existe respuesta. La Legislación Universitaria ni siquiera contempla el plagio entre las causales de sanción a sus académicos: el inciso B del artículo 108 del Estatuto del Personal Académico, usado como fundamento jurídico para la resolución del Consejo Técnico, es el equivalente de “etcétera”, pues indica simplemente que es causa de sanción “La deficiencia en las labores docentes o de investigación objetivamente comprobada”. Quienes generaron estas reglas no previeron un caso de esta naturaleza, así que es probable que a pesar de la evidencia de prácticas fraudulentas en la obtención de los grados académicos, Berenzon los conserve. Y no perdamos de vista dos datos fundamentales: 1) la resolución del Consejo Técnico debe ser ratificada por la Comisión de Honor del Consejo Universitario, que no tiene un plazo perentorio para hacerlo* y mientras tanto aplica el artículo 100 del Estatuto General de la UNAM:
Cuando se trate de profesores que tengan más de tres años de servicios, la sentencia que les separe de su cargo será revisada de oficio por la Comisión de Honor, no surtiendo entretanto sus efectos.
Y 2) con esta ratificación apenas sería oficial el gesto institucional de destitución: sólo después de ella se ingresa propiamente al ámbito laboral.

Sigamos con la respuesta que recibió Piccato, en la que se justifica el cuestionado silencio de las autoridades con un “cualquier clase de pronunciamiento fuera del marco legal […] implicaría transgredir las vías institucionales y obraría en contra del proceso”. Recordemos que Piccato y los adherentes a su denuncia pedían: “Que el proceso sea llevado adelante con toda energía y con amplia transparencia […] Una denuncia pública de la deshonestidad intelectual y laboral que definen este caso […] un pronunciamiento sin ambigüedades”, y esto en respuesta al único comunicado que las autoridades han hecho sobre el caso, fechado el 5 de agosto, en el que básicamente se decían dos cosas. La primera, que el Consejo había comenzado un proceso sancionatorio con fundamento en la Legislación. Y la segunda, una interesante advertencia:

conviene señalar que el Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de la UNAM, establece en su artículo 6, fracciones III y IV, que es información reservada la relativa a los expedientes de los procedimientos de responsabilidad de los empleados universitarios, así como las opiniones, recomendaciones, insumos, proyectos, acuerdos, dictámenes o puntos de vista que formen parte de un proceso deliberativo. Difundir tal información de manera que contravenga las normas establecidas, es causal de responsabilidad y sanción.

Naturalmente, es derecho de cualquiera que atraviese por un proceso de sanción institucional que su caso sea tratado con un mínimo de confidencialidad. Mas no queda claro de qué modo un pronunciamiento que genéricamente condene la deshonestidad intelectual y advierta el tipo de sanciones a las que se hará acreedor quien incurra en prácticas como ausentismo y plagio vulneraría la confidencialidad del proceso del Sr. Berenzon. De cualquier forma, llega el momento de retomar un dato fundamental sobre la resolución del Consejo Técnico: la conocemos únicamente por vía de la crónica en el blog El presente del pasado. Permítaseme insistir: pasadas dos semanas de la sesión extraordinaria del Consejo Técnico, dedicadas columnas de diarios nacionales a discutir el tema y reproducida la escasa información disponible hasta el cansancio, la comunidad de la Facultad y todos los que siguen el caso no cuentan con ningún comunicado ni posicionamiento oficial por parte de representantes y autoridades universitarios. Esto no puede dejar de llamarnos la atención sobre la presencia de importantes opacidades: primero, a la que se enfrentó la periodista de El Universal que ha llevado el caso y relataba ya en la nota “La historia de un plagiario serial” del 5 de junio que Gloria Villegas le negó una entrevista. Para su nota “Boris Berenzon será destituido”, del 16 de agosto, Piñón volvió a intentarlo, con igual resultado.

Fragmento de "Boris Berenzon será destituido" en http://www.eluniversal.com.mx/cultura/2013/impreso/boris-berenzon-sera-destituido-72423.html#1
 
Segundo, que las actas del periodo en curso del Consejo Técnico, órgano colegiado formado mayoritariamente por representantes de alumnos y profesores de la dependencia, se encuentran “clasificadas”: únicamente puede acceder a ellas vía el sitio web de la Facultad quien proporcione una contraseña.

Cuadro que solicita al visitante del sitio web de la FFyL-UNAM un usuario y contraseña para acceder a las actas del Consejo Técnico

Tercero: la Mtra. Escudero recuerda a Piccato que las sesiones del Consejo Técnico son públicas. No nos explica, sin embargo, por qué un guardia apostado en la entrada de la sala del Consejo Técnico durante la sesión del 28 de junio pretendió negarle el acceso a dos exconsejeras estudiantiles por miedo a que fueran “las de prensa” -Alida Piñón, de El Universal, y Mirtha Hernández, de Reforma- que habían sacado notas sobre el caso hacía algunas semanas en sus respectivos diarios. Pero eso es lo de menos: lo verdaderamente importante, y que la Mtra. Escudero por supuesto omite, es que la convocatoria a las sesiones del Consejo Técnico se hace de forma extremadamente discreta… El mismo sitio web de la Facultad reporta que tuvo lugar una segunda sesión extraordinaria para tratar el caso del Dr. Berenzon el 23 de agosto: todos podíamos pasar a la reunión, pero desafortunadamente sólo los consejeros fueron informados de que tendría lugar.


Si a esto sumamos que las minutas son confidenciales y que todo aquél que sea culpable de “Difundir tal información de manera que contravenga las normas establecidas” se hará acreedor a una sanción, estamos ya en condiciones de juzgar el tipo de transparencia que están dispuestas a manejar las autoridades universitarias.

Captura de pantalla de la notificación que el usuario recibe al intentar acceder a las actas del Consejo Técnico

Pasemos pues al tercer escrito, el que no fue leído en la sesión del Consejo Técnico. Lo envió Samuel Schmidt, autor de Humor en serio, libro al que Boris plagió unas 80 páginas en su tesis doctoral (la que luego publicó bajo el título Re/tratos de la re/vuelta). Al no ser considerada en la sesión, Schmidt antepuso una nota a su carta protestando por la omisión y la reenvió a Rectoría. El documento que abajo reproduzco fue enviado a todos los consejeros técnicos de la Facultad el día de hoy, 27 de agosto, con la siguiente explicación:


Ante semejante opacidad institucional, queda del lector especular sobre las razones que llevaron a la Dra. Villegas a no darle cauce al escrito en la sesión del Consejo. Si desea usted otorgarle el beneficio de la duda, consulte en corto con la autoridad a la que más confianza le tenga, porque andamos algo escasos de explicaciones públicas y nada parece indicar que esto vaya a modificarse.

 

Vemos que no están exentos de sospecha los mecanismos institucionales de sanción, ni en cualquier caso habría el proceso de destitución pasado de sus primerísimas fases. Tampoco se ha aclarado aún bajo qué argumento se le autorizó ilegalmente a Berenzon un año sabático en París después del extrañamiento que se le impuso por ausentista y mentiroso en 2011, ni existe respuesta en torno a la validez de los títulos académicos de un plagiario, o, para el caso, del Premio Universidad Nacional que el Sr. Berenzon recibió de manos del rector Barnés en 1997.

Fotografía extraida de la versión impresa de "Un plagiario serial", publicado en El Universal el 5-jun-2013.

En suma, no es aún momento de quitar el dedo del renglón: la historia continúa y hay que seguirla hasta tener evidencia de que, al menos esta vez, encontramos para ella algo que se asemeje a un final digno.

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* Adenda jurídica: Los artículos pertinentes son el 27 y 28 del Reglamento del Tribunal Universitario y de la Comisión de Honor, que indican que el Consejo Técnico tiene tres días a partir de la notificación de su resolución para remitir el expediente a la Comisión de Honor, que contará con ocho días a partir de la sesión en que conozca del asunto para confirmar, modificar o revocar la resolución. El problema aquí es que la Comisión de Honor no posee un calendario ordinario de sesiones, sino que sólo se reúne, sobra decir que con toda discreción, bajo convocatoria de su presidente, del abogado general o del rector, lo cual puede retrasar los procesos indefinidamente.

1 comentario:

  1. Este plagiario serial es un cínico .Es increíble que la universidad lo mantenga ( en todos los sentidos ) al frente de sus funciones académicas . Deberían degradarlo a bachiller , ya que sus tesis de licenciatura , maestría y doctorado, fueron plagiadas de manera impune.

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