jueves, 29 de agosto de 2013

Viernes de quincena: el Sr. Berenzon sigue -y seguirá por tiempo indefinido- cobrando y a cargo de sus materias

[Las cifras y documentos de referencia citados en este post fueron actualizados el 6-sep-2013]


El martes 13 de agosto el Consejo Técnico de la Facultad de Filosofía y Letras resolvió, pasados cuatro meses y medio de la denuncia de plagio remitida por Juan Manuel Aurrecoechea, destituir al Sr. Berenzon. Si creemos al único testimonio disponible de la sesión, pues a la fecha seguimos esperando un comunicado oficial de las autoridades en torno a los progresos del caso, la resolución se acompañó del anuncio de que se enviaría el expediente a la Comisión de Honor del Consejo Universitario para ratificarla. Esto significa, en los estrictos términos del Artículo 100 del Estatuto General de la UNAM[1], que la sanción no surte aún efecto. Lo cual implica que el viernes 16 de agosto al Sr. Berenzon se le depositó su quincena con toda normalidad. Y que el día de hoy, viernes 30 de agosto, volverá a recibir sin impedimento los pagos que a sus nombramientos corresponden. Éstos, calculados con base mensual y estimativamente partiendo de documentos de acceso público (ver notas a pie de página), se componen de los siguientes rubros:
  • Salario Base de un Profesor de Tiempo Completo de la UNAM, categoría B: $21,119.16.[2]
  • Estímulo del Programa de Primas al Desempeño del Personal Académico de Tiempo Completo (PRIDE-UNAM), categoría C: 85% del salario = $17,951.29[3]
  • Estímulo del Sistema Nacional de Investigadores (CONACYT), nivel 2, con agregado por pertenecer a una institución educativa y de investigación: 9 salarios mínimos = $64.76*$30*9= $17,485.20[4]

Total mensual (aproximación conservadora[5]): $56,555.56

Esta generosa atribución de recursos públicos se repetirá cada dos semanas por tiempo indefinido, pues, en lo que a la Universidad toca, la Comisión de Honor no tiene plazo para reunirse a "conocer el asunto" y ratificar, modificar o anular la sanción impuesta por el Consejo Técnico. Y si por azar algo está ocurriendo dentro del CONACYT, organismo al que participé de las irregularidades del Sr. Berenzon por correo electrónico el 12 de mayo, que acusó formalmente de recibido al día siguiente y que con la misma formalidad me notificó que había dado carpetazo al asunto el 27 del mismo mes por no constituir mi denuncia “una queja formal”, no hay forma de saberlo.

Otra implicación de lo anterior es que el Sr. Boris ha seguido, y seguirá por tiempo igualmente indefinido, a cargo de sus materias. Es de notarse que una de ellas, Historiografía General III/IV, es de carácter obligatorio, lo cual le garantiza estudiantes cada semestre. Boris seguirá entonces formando a profesionistas de la Historia en la Universidad Nacional, ya que hasta que la destitución no “surta efecto” no hay modo de reemplazarlo.

Por cierto: una vez que la sanción impuesta por el Consejo Técnico sea ratificada por la Comisión de Honor–mejor dicho, si y sólo si es ratificada- comienza, de querer el Sr. Boris ejercer el legítimo derecho que a ello tiene cualquier trabajador en su situación, el proceso laboral interno, en el que el departamento jurídico de la Universidad deberá justificar legalmente el despido ante la asociación gremial correspondiente, en las instancias y términos estipulados por el  Contrato Colectivo de Trabajo del Personal Académico en vigencia, que por supuesto no menciona “plagio” por ninguna parte, pero sí “Investigación administrativa” en ausencia de la cual la sanción “no tendrá efecto legal alguno”, y luego “Notificación”, sin la cual “no surtirá efecto alguno la acción o resolución”, y luego “Solicitud de reconsideración”, y luego “Recurso de inconformidad”, y luego “Procedimiento ante la comisión mixta de conciliación y resolución del personal académico”, y luego, llegado este punto en que se agotan las instancias laborales universitarias, “Procedimiento externo ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje” que puede ser eventualmente atraído por “Instancias superiores”.

¿A poco no se antoja, como amablemente solicitaba este blog hace ya dos años y medio, un trabajo como el de Boris?


[1] “Cuando se trate de profesores que tengan más de tres años de servicios, la sentencia que les separe de su cargo será revisada de oficio por la Comisión de Honor, no surtiendo entretanto sus efectos.”

[2] El acta del Consejo Técnico de la FFyL del 30 de octubre de 2009 (punto 5.1) indica que una Comisión Dictaminadora decidió no otorgar al Sr. Berenzon una promoción a la categoría C, resolución que apeló, de lo cual quedó constancia en el acta del 4 de diciembre de 2009 (punto 5.2), nombrando como su representante en la Comisión Especial encargada de dirimir la controversia al Dr. Ignacio Sosa. Finalmente, según consta en el acta del 26 de febrero de 2010 (punto 4.1), se resolvió ratificar el dictamen de la comisión dictaminadora, quedando Boris en su categoría anterior, B. No existen menciones a dictámenes posteriores en las siguientes actas, por lo que se ha usado esa categoría para el cálculo, tomando el monto que corresponde a dicho nombramiento del Contrato Colectivo de Trabajo del Personal Académico vigente.

[3] El acta del Consejo Técnico de la FFyL del 24 de junio de 2011 (punto 3.1) indica que al Sr. Boris se le renovó la categoría C en este programa universitario de estímulos. Esta página de la Dirección General de Asuntos del Personal Académico contiene el tabulador del que se tomó el porcentaje usado para el cálculo: http://dgapa.unam.mx/html/estimulos/pride.html.

[4] La pertenencia y nivel del Sr. Boris en el SNI fueron extraídas del Listado de Investigadores Vigentes a Enero de 2013; el monto mensual asignado se tomó del Reglamento del Sistema Nacional de Investigadores (artículo 68).


[5] En su calidad de Profesor de Tiempo Completo de la UNAM y de Investigador del SNI, el Sr. Boris goza de múltiples prestaciones adicionales, entre las que se cuentan algunas con repercusión directa sobre su salario, como la "compensación por antigüedad" (porcentaje progresivo del salario tabular) y el aguinaldo (40 días de salario al año), que no han sido tomadas en cuenta para esta aproximación por falta de datos exactos, pero que inflan la cifra en un 20%. De estimarse la antigüedad laboral de Boris en 20 años, le correspondería una compensación del 30% sobre su salario tabular (Contrato Colectivo, cláusula 46), es decir, $6,335.75 mensuales. A esto hay que agregar las prestaciones sin incidencia directa sobre el salario, que lo complementan en múltiples formas (seguridad social, estímulos en efectivo por antigüedad, vales mensuales de despensa, dinero mensual para material didáctico, vales de libros, entradas para eventos culturales y deportivos, descuentos en libros y actividades UNAM, becas para los hijos en bachilleratos particulares incorporados a la UNAM, lentes, seguro de vida, medicamentos al costo en Tiendas UNAM, defensa legal, significativo descuento en la contratación del Seguro de Gastos Médicos Mayores del SNI, etc.). Ver el Contrato Colectivo de Trabajo del Personal Académico vigente.

9 comentarios:

  1. Insisto , este plagiador de tiempo completo con cargo al erario , es decir , que cobra su sueldo de mis contribuciones a la hacienda pública , no solamente debe ser destituido y expulsado de la UNAM , sino que deben proceder penalmente contra él . Según lo leído arriba , el bachiller Berenzon procede como maestro de la CNTE . Si eres inocente Boris, por qué no te defiendes refutando cada una de las pruebas en tu contra documentadas en este blog?

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  2. De cerdad. Jaja de verdad que ganas de joder a un tipo. Ya lo corrieron ya a otro tema.

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  3. Oye Boris . No tienes argumentos para defenderte? O de plano, simulas sinvergüenza por los pasillos de la facultad .

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  4. Sólo para ser un poco más preciso con respecto a las remuneraciones de Boris Berenzon:

    $19196.3 (sueldo mensual, profesor titular B tiempo completo)
    $16316.85 (PRIDE C, 85% del salario)
    $17485.2 (nivel II SNI, 9 salarios mínimos)

    $52998.35 Total*

    *Falta incluir estímulos por antigüedad, superación académica, vales, etc.

    Fuentes:
    http://www.personal.unam.mx/Docs/Contratos/AAPAUNAM20112013.pdf (Contrato colectivo de trabajo del personal académico, UNAM, cláusula 38)

    http://www.conacyt.gob.mx/SNI/SNI_Reglamentacion/Documents/SNI_Reglamento_2008.pdf (Reglamento del SNI, artículo 68)

    http://dgapa.unam.mx/html/pride/pride.html (Programa de Primas al Desempeño del Personal Académico de Tiempo Completo, PRIDE, UNAM)

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    1. En efecto, es mucho más. Ya corregí, Emilio, pero la referencia que tienes es a un Contrato Colectivo viejo. El que está vigente está aquí: http://www.stunam.org.mx/27contrato/historicoacademicos/contratoacad2013-2015.pdf. Y el salario tabular de un Tiempo Completo B es de $21,119.16. Mi estimación se quedó muy corta.

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  5. De un cinismo que el señor Boris camine por los pasillos de la facultad así nomás. Ahora que está sumido en el desprestigio , en medio del repudio académico y estudiantil, le deberían esculpir un bronce en la biblioteca que de leyenda lleve algo así : yo plagiador de Octavio Paz y Carlos Monsivàis me confieso impune y protegido de Gloria Villegas.... y háganle como quieran que seguiré cobrando mis cincuenta mil pesotes.

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  6. Cómo amaneció su alteza real, Boris Berenzon Gorn , plagiador serial y cínico, que cobra 55,000.00 pesos mensuales con descaro y poco decoro, en decremento de la Facultad de Filosofía y Letras de la UNAM ? Y su madrina Gloria Villegas qué pensará ?

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  7. Me revuelve que el trampas Berenzon abuse de su mentora Gloria Villegas. La pregunta para Beatriz es: legalmente se le pueden revocar sus títulos y cobrarle el dinero que devengó dolosamente ?

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  8. Lo único razonable que llegó a través de la reforma fiscal, es que el 25/. de su salario se irá vía el ISR. De alguna manera , la justicia se hizo presente para el aviador Berenzon .

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